Regulación
Trump ordena negociar las importaciones de robótica tras una conclusión del Departamento de Comercio sobre seguridad

El presidente Donald J. Trump emitió una proclamación el 28 de octubre de 2026, en la que coincidió con una conclusión del Departamento de Comercio según la cual las importaciones de robótica, maquinaria industrial y sus piezas y componentes amenazan con menoscabar la seguridad nacional de Estados Unidos, y ordenó negociar con los socios comerciales para ajustar esas importaciones.
La proclamación deja constancia de que, en los 90 días anteriores, el secretario de Comercio transmitió un informe sobre su investigación acerca de los efectos de estas importaciones, realizada en virtud de la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, la norma que autoriza al presidente a ajustar las importaciones de un artículo cuando este se importa en cantidades o en circunstancias que amenazan con menoscabar la seguridad nacional. El secretario concluyó y comunicó al presidente su opinión de que la robótica, la maquinaria industrial y sus componentes están entrando al país en esas cantidades y en esas circunstancias. Trump coincidió con esa conclusión y determinó que era necesario y apropiado entablar negociaciones con los socios comerciales para ajustar las importaciones.
Según las disposiciones operativas de la proclamación, el secretario y el Representante Comercial de Estados Unidos deben negociar conjuntamente acuerdos, o continuar las negociaciones, con cualquier socio comercial extranjero que consideren apropiado. Según el estado o el resultado de esas negociaciones, Trump podrá considerar otras medidas en el futuro, entre ellas imponer o modificar aranceles, derechos, contingentes y tasas, así como establecer un programa para incentivar nuevas inversiones en la producción estadounidense de robótica y maquinaria industrial, y de sus piezas y componentes. El secretario también debe seguir supervisando estas importaciones, en consulta con los altos funcionarios del poder ejecutivo que considere apropiados, e informar al presidente sobre cualquier circunstancia que pudiera indicar la necesidad de nuevas medidas presidenciales. Queda sustituida toda disposición de proclamaciones anteriores y órdenes ejecutivas que sea incompatible con la nueva proclamación.
La proclamación describe el marco jurídico que sustenta la medida. La Sección 232 autoriza un plan de acción, con ajustes a lo largo del tiempo, que puede incluir acuerdos negociados junto con aranceles, derechos, contingentes y tasas. La proclamación señala que el presidente también puede tomar otras medidas que considere necesarias para ajustar las importaciones si no se celebra un acuerdo en los 180 días siguientes a la fecha de la proclamación, si no se cumple o si resulta ineficaz. También cita por separado la Sección 604 de la Ley de Comercio de 1974, que autoriza al presidente a incorporar el contenido de las leyes que afectan al tratamiento de las importaciones en el Arancel Armonizado de Estados Unidos, incluida la eliminación, modificación, continuidad o imposición de cualquier tipo de derecho u otra restricción a las importaciones.
Conclusiones del secretario en materia de seguridad nacional
Según la proclamación, el secretario concluyó que la robótica y la maquinaria industrial respaldan la producción de sistemas de defensa como aeronaves, tanques, buques, armas y municiones, así como determinadas actividades militares y policiales. El secretario concluyó que los robots avanzados, incluidos los autónomos, los humanoides y los cuadrúpedos, así como los vehículos terrestres autónomos, brindan apoyo en combate a las fuerzas armadas estadounidenses al llevar a cabo misiones de inteligencia, vigilancia y reconocimiento, y al realizar tareas peligrosas, como la extracción de bajas y la detección y desactivación de minas. La proclamación señala que la capacidad de la base industrial de defensa para aumentar rápidamente la producción, incluso en tiempos de guerra o durante un conflicto armado, depende de la robótica y la maquinaria industriales.
El secretario concluyó que los robots y las máquinas industriales se utilizan para fabricar productos y piezas en los 16 sectores de infraestructura crítica de Estados Unidos; que los robots industriales se emplean ampliamente en las industrias automotriz, eléctrica y electrónica; y que la maquinaria industrial desempeña diversas funciones en la fabricación de equipos de construcción, productos electrónicos, dispositivos médicos, productos de metal, vehículos automotores y aeronaves. La proclamación señala que, en 2024, la robótica y la maquinaria industrial respaldaron envíos de productos manufacturados por un valor aproximado de 7,1 billones de dólares y la producción de equipos por un valor aproximado de 86.000 millones de dólares.
El secretario concluyó que Estados Unidos depende de las importaciones extranjeras para la mayoría de los tipos de robótica y maquinaria industrial, así como para sus componentes, y que el valor de esas importaciones aumentó durante la década anterior y se prevé que siga aumentando. También concluyó que la robótica y la maquinaria industrial están integradas en numerosos sistemas de fabricación y defensa, y procesan y almacenan habitualmente datos sensibles; además, cuando estas tecnologías proceden de entidades extranjeras, pueden plantear importantes vulnerabilidades de ciberseguridad.
En cuanto a la capacidad nacional, el secretario concluyó que el país no produce suficiente cantidad de estos equipos para satisfacer las necesidades de seguridad nacional, produce menos equipos de robótica e industriales de los que consume y aprovecha por debajo de su capacidad su potencial manufacturero, pese al reciente aumento de la inversión en instalaciones de fabricación estadounidenses. En opinión del secretario, según consta en la proclamación, es vital actuar para fortalecer, ampliar y modernizar la base manufacturera e industrial nacional del sector.
La investigación realizada en virtud de la Sección 232
El secretario de Comercio inició la investigación el 2 de septiembre de 2025, y la Oficina de Industria y Seguridad del departamento publicó un aviso en el que solicitaba comentarios del público en el Registro Federal el 26 de septiembre de 2025, fijando el 17 de octubre de 2025 como fecha límite para presentar comentarios escritos, datos y análisis.
El aviso definió el objeto de la investigación como los robots y los sistemas mecánicos programables y controlados por computadora, incluidos los centros de mecanizado CNC, los tornos y las fresadoras, los equipos de rectificado y desbarbado, y las máquinas industriales de estampado y prensado; también abarcó los cambiadores automáticos de herramientas, las plantillas y los dispositivos de sujeción, así como las máquinas herramienta para cortar, soldar y manipular piezas de trabajo. El alcance también incluyó equipos especializados para el trabajo de metales, utilizados para tratar, conformar o cortar metal, como autoclaves y hornos industriales, equipos de acabado y tratamiento de metales, maquinaria de mecanizado por descarga eléctrica (EDM), y herramientas de corte por láser y por agua. Los sistemas de aeronaves no tripuladas quedaron excluidos porque están cubiertos por una investigación independiente conforme a la Sección 232.
Al solicitar comentarios, la oficina pidió al público su opinión sobre cuestiones como la medida en que la producción nacional puede satisfacer la demanda de Estados Unidos; la concentración de las importaciones estadounidenses en un número reducido de proveedores o países extranjeros; el impacto de los subsidios de gobiernos extranjeros y las prácticas comerciales predatorias; la posibilidad de que países extranjeros impongan restricciones a las exportaciones; la viabilidad de aumentar la capacidad nacional para reducir la dependencia de las importaciones; y si se necesitan medidas adicionales, incluidos aranceles o contingentes, para proteger la seguridad nacional.
En virtud de la proclamación, el secretario y el representante comercial deben informar periódicamente al presidente sobre el estado o el resultado de las negociaciones; uno de esos informes deberá presentarse dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la proclamación.












